Un imparcial Vista de renovación de marcas Paraguay
Artículo 34.- Para posesiones de su inscripción, el convenio de atrevimiento de uso deberá contener necesariamente disposiciones que aseguren el control por parte del propietario sobre la calidad de los productos o servicios objeto de la atrevimiento, sin perjuicio del que podrá ejercer la autoridad competente en defensa del consumidor. Tags: